Pensión de vejez en Colpensiones

Obtener el reconocimiento a la pensión de vejez en Colombia se da si el afiliado alcanzó la edad y el tiempo de trabajo requeridos: A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementó a 57 años de edad para la mujer, y 62 años para el hombre.

Del 1° de enero del año 2005 el número de semanas cotizadas se incrementó en 50 y a partir de 2006 en 25 semanas por cada año hasta llegar en el año 2015 a un total de 1300 semanas, de conformidad con la ley 797 de 2003.

Requisitos Para la Pensión de Vejez en Colpensiones

  • ▸ 57 años (mujeres)
  • ▸ 62 años (hombres)
  • ▸ 1300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años)

Documentos para Solicitar la Pensión de Vejez

▶ Formato Solicitud Prestaciones Económicas. Nota:  en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario de solicitud de prestaciones económicas o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de tramites en lineal de Colpensiones.

▶ Formato Información Entidad Promotora de Salud EPS Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

▶ Formulario de Declaración de No Pensión Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

▶ Formulario autorización o revocatoria notificación por correo electrónico Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

▶ Fotocopia del documento de identidad del afiliado. Nota:  en la sede electrónica, se realizarán validaciones con el fin de corroborar la identidad del solicitante.

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En caso que la solicitud sea realizada por intermedio o apoderado, presentar

▶ Original del poder debidamente conferido con presentación personal ante notario público.

▶ Fotocopia del documento de identidad del apoderado.

▶ Fotocopia de la tarjeta profesional del abogado.

⭐ En el caso que la solicitud sea realizada por tercero autorizado, presentar:

▶ Original de la carta auténtica de autorización con las facultades específicas.

▶ Fotocopia del documento de identidad del tercero autorizado.

En caso que el ciudadano cuente en su historia laboral con tiempos públicos NO cotizados a Colpensiones, presentar:

▶ Certificación electrónica o carta de aceptación de tiempos laborados CETIL. Nota: para las personas cuyos aportes hayan sido realizados en una Caja o Fondo diferente al ISS o COLPENSIONES.

⭐ En caso que un ciudadano padezca una enfermedad catastrófica y requiera acreditar su condición ante Colpensiones, presentar:

  • ▶ Comunicación oficial recibida con soportes por enfermedades catastróficas del ciudadano que padezca una enfermedad catastrófica. Nota: del ciudadano que padezca una enfermedad catastrófica.

2. Radicar documentos

  • ▶ Radicar documentos en los puntos de atención Colpensiones a nivel nacional.

3. Notificarse de la respuesta a la solicitud de prestación económica

  • ▶ De manera presencial en los puntos de atención indicados por la institución o recibiendo correo electrónico por parte de la entidad.

Consejos para tener en Cuenta

  1. ◆  El trámite no tiene costo.
  2. ◆  Para quienes autoricen la notificación por correo electrónico, la misma le llegará al email relacionado en la autorización. En caso contrario deben acercarse a cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional a recibir la información.
  3. ◆ Puede hacer seguimiento al trámite con el número de radicado, a través de los siguientes canales
  4. ◆ Como respuesta se obtiene el reconocimiento de la pensión de vejez en el Régimen de Prima Media, en un término de 4 meses.

Canal telefónico

  • ▸ Call center 4890909 , Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 08:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. en Bogotá.
  • ▸ Línea gratuita 018000410909 , Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 08:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. en el resto del país.
  • ▸ Línea 195.

〓 Preguntas Frecuentes de Pensiones para la Vejez

¿Qué es la pensión de vejez compartida?

  • La pensión compartida o compatibilidad pensional aplica cuando la pensión está a cargo del empleador, y este ha cotizado a Colpensiones o al antiguo ISS hasta que el se cumplan los requisitos para que el trabajador tenga derecho la pensión por parte de Colpensiones.

¿Cómo puedo calcular mi pensión en Colpensiones?

  • En Colpensiones, ¿Cómo se liquida la pensión?
    1. Dividimos $ 5.000.000 entre $873.803 (salario mínimo legal) = 5,69.
    2. Multiplicamos 5,69 X 0.5 = 2,84.
    3. A 65.5 le restamos 2,84 = 62.66%
    4. Multiplicamos $ 5.000.000 X 62.66% = $ 3.133.000 (monto de la pensión)

1 comentario en «Pensión de vejez en Colpensiones»

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