Pensión de vejez en Colpensiones

Obtener el reconocimiento a la pensión de vejez en Colombia se da si el afiliado alcanzó la edad y el tiempo de trabajo requeridos: A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementó a 57 años de edad para la mujer, y 62 años para el hombre.

Del 1° de enero del año 2005 el número de semanas cotizadas se incrementó en 50 y a partir de 2006 en 25 semanas por cada año hasta llegar en el año 2015 a un total de 1300 semanas, de conformidad con la ley 797 de 2003.

Requisitos Para la Pensión de Vejez en Colpensiones

  • 57 años (mujeres)
  •  62 años (hombres)
  • 1300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años)

Documentos para Solicitar la Pensión de Vejez

 Formato Solicitud Prestaciones Económicas. Nota:  en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario de solicitud de prestaciones económicas o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de tramites en lineal de Colpensiones.

 Formato Información Entidad Promotora de Salud EPS Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

Formulario de Declaración de No Pensión Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

Formulario autorización o revocatoria notificación por correo electrónico Nota: en caso de realizar el trámite de manera presencial, descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. En caso de realizar el trámite a través de la sede electrónica, diligenciar el formulario a través de este canal.

 Fotocopia del documento de identidad del afiliado. Nota:  en la sede electrónica, se realizarán validaciones con el fin de corroborar la identidad del solicitante.

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En caso que la solicitud sea realizada por intermedio o apoderado, presentar

 Original del poder debidamente conferido con presentación personal ante notario público.

 Fotocopia del documento de identidad del apoderado.

 Fotocopia de la tarjeta profesional del abogado.

⭐ En el caso que la solicitud sea realizada por tercero autorizado, presentar:

 Original de la carta auténtica de autorización con las facultades específicas.

 Fotocopia del documento de identidad del tercero autorizado.

En caso que el ciudadano cuente en su historia laboral con tiempos públicos NO cotizados a Colpensiones, presentar:

Certificación electrónica o carta de aceptación de tiempos laborados CETIL. Nota: para las personas cuyos aportes hayan sido realizados en una Caja o Fondo diferente al ISS o COLPENSIONES.

⭐ En caso que un ciudadano padezca una enfermedad catastrófica y requiera acreditar su condición ante Colpensiones, presentar:

  •  Comunicación oficial recibida con soportes por enfermedades catastróficas del ciudadano que padezca una enfermedad catastrófica. Nota: del ciudadano que padezca una enfermedad catastrófica.

2. Radicar documentos

  •  Radicar documentos en los puntos de atención Colpensiones a nivel nacional.

3. Notificarse de la respuesta a la solicitud de prestación económica

  •  De manera presencial en los puntos de atención indicados por la institución o recibiendo correo electrónico por parte de la entidad.

Consejos para tener en Cuenta

  1.   El trámite no tiene costo.
  2.   Para quienes autoricen la notificación por correo electrónico, la misma le llegará al email relacionado en la autorización. En caso contrario deben acercarse a cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional a recibir la información.
  3. Puede hacer seguimiento al trámite con el número de radicado, a través de los siguientes canales
  4.  Como respuesta se obtiene el reconocimiento de la pensión de vejez en el Régimen de Prima Media, en un término de 4 meses.

Canal telefónico

  • Call center 4890909 , Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 08:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. en Bogotá.
  •  Línea gratuita 018000410909 , Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a. m. a 08:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. en el resto del país.
  •  Línea 195.

〓 Preguntas Frecuentes de Pensiones para la Vejez

¿Qué es la pensión de vejez compartida?

  • La pensión compartida o compatibilidad pensional aplica cuando la pensión está a cargo del empleador, y este ha cotizado a Colpensiones o al antiguo ISS hasta que el se cumplan los requisitos para que el trabajador tenga derecho la pensión por parte de Colpensiones.

¿Cómo puedo calcular mi pensión en Colpensiones?

  • En Colpensiones, ¿Cómo se liquida la pensión?
    1. Dividimos $ 5.000.000 entre $873.803 (salario mínimo legal) = 5,69.
    2. Multiplicamos 5,69 X 0.5 = 2,84.
    3. A 65.5 le restamos 2,84 = 62.66%
    4. Multiplicamos $ 5.000.000 X 62.66% = $ 3.133.000 (monto de la pensión)

1 comentario en «Pensión de vejez en Colpensiones»

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